La reforma integral de la legislación civil


Autor/es: J. Aguanno
La reforma integral de la legislación civil
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Capítulo primero-. La nueva tendencia del derecho civil I-. Las primeras críticas al Código Napoleón por parte de filósofos y economistas. Sismondi y las escuela social-humanitaria. La escuela de Rau en Alemania. II-. La escuela histórica en el derecho y en la economía política. III-. El Código italiano y la ciencia. IV-. La escuela realista en Alemania y en Italia. La escuela económico jurídica y la escuela positiva de filosofía jurídica. V-. De qué manera se ha venido manifestando la necesidad de una reforma radical en el derecho civil. VI-. Ciencias varias que contribuyen a ésta reforma. Necesidad de que la misma sea orgánica e integral. Capítulo II-. Bases filodóficas de la reforma. I-. Indagación de la norma directriz de la reforma legislativa. II-. Se discute si para encontrar esta norma hay precisión de salir del fenómeno social. III-. Qué implica el estudio filosófico del derecho. IV-. Qué implica la evolución jurídica. V-. La génesis y evolución del derecho privado. Capítulo III-. Las aplicaciones de la antropología al derecho civil I-. La antropología científica y el derecho civil. Opiniones de Garofalo y Abadane. II-. Opinión de Fioretti. III-. Refutación de esta opinión. IV-. Opinión de Tarde y refutación de la misma. V-. Necesidad del estudio de la antropología científica para el filósofo jurista y para el legislador. VI-. Necesidad del estudio de la antropología científica para el magistrado. Capítulo IV-. Las aplicaciones de la sociología al derecho civil. I-. Relaciones entre la sociología y el derecho en general. II-. Teoría que separa la sociología de la filosofía del derecho. Crítica de la misma. III-. Teoría que asigna a la filosofía del derecho el mismo contenido de la sociología. Crítica de la misma. IV-. Teoría que pone aparte el elemento social en el estudio del derecho civil. Crítica de la misma. V-. Teoría que confunde el derecho privado con el derecho público o exagera la función del derecho civil. Crítica de la misma. VI-. El derecho civil y el desenvolvimiento de la sociedad en la historia. VII-. El elemento social en la legislación civil contemporánea. VIII-. Necesidad del estudio de la sociología para el filósofo jurista. IX-. Necesidad del estudio de la sociología para el jurista y para el legislador. Capítulo V-. Comprensión y extensión del derecho civil I-. El concepto de derecho civil entre los romanos II-. Opinión de aquellos que restringen el contenido del derecho civila alas realciones económicas III-. Refutación de esta opinión IV-. Opinión de aquellos que excluyen del derecho civil el criterio de la utilidad social. Referencia al capítulo anterior. Caso de Conflicto entre interés privado y público. V-. De qué manera el concepto de la socialidad en el derecho civil modifica su sustancia y amplía su extensión. VI-. Cómo el derecho civil debe tambien regular los efectos privados producidos por los hechos públicos VII-. Quienes son los ´particulares´, sujetos del derecho civil. VIII-. Cómo se distingue el derecho privado del público. IX-. Necesidad de refundir el derecho civil con el mercantil Capítulo VI-. Reformas más urgentes de la legislación civil I-. La norma teórica y la norma práctica en el estudio del derecho civil II-. La nueva idea que deberá presidir a la reforma del dercho civil III-. Cambio de las condiciones intelecturales y morales IV-. Cambio de las condiciones sociales y familiares V-. Cambio de las condiciones económico-sociales VI-. Reformas de carácter intelectual y moral VII-. Reformas de carácter social y familiar VIII-. Reformas de carácter económico-social IX-. Reformas para mejor armonizar las relaciones entre particulares X-. Reformas para mejor armonizar las relaciones de los particulares con el Estado y con la sociedad XI-. Reformas ulteriores en la legislación civil

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