Infracciones penales patrimoniales

Infracciones penales patrimoniales
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No se descubre nada nuevo afirmando que la inmensa mayoría de las infracciones penales patrimoniales están recogidas en el Código Penal. Si bien, se encuentran, asimismo, "extra muros" del Código, algunos tipos criminosos de homóloga naturaleza. Recuérdese, por ejemplo, el Capítulo VII del Título II ("Delitos contra la propiedad") recogido en la Ley 209/1964, de 24 de diciembre, Penal y Procesal de la Navegación Aérea. Lógicamente, las infracciones penales patrimoniales por excelencia están representadas por los Delitos de tal Carácter. Van a ser de los Delitos contra el patrimonio, precisamente, de los que vamos a hablar a continuación porque, si ellos constituyen el centro del presente estudio, es imprescindible que tratemos de ellos intentando saber, desde el principio, cuáles son sus señas de identificación y cuáles son sus líneas discernientes fundamentales respecto de ese otro grupo de delitos que vienen recibiendo el nombre de Delitos "contra el orden socioeconómico". Distinción que se impone ahora, sobre todo, cuando el Nuevo Código penal les ha unido en un mismo Título sin ofrecer criterios, al menos suficientemente perceptibles, de diversificación.

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