Federación y Estado Autonómico

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Las razones que ha podido tener el autor de este libro para pedirme su presentación no puede ser otra que, aparte de la amistad que hemos trabado en el último año, el hecho de haber asistido desde sus orígenes a la elaboración de la obra que ahora se publica. Me cumple por tanto decir algo del profesor Contipelli, doctorado en Derecho en su país natal ?Brasil?, y de su trabajo. El profesor había realizado una corta estancia en la Universidad Complutense, el la Facultad de Derecho, hace ya algunos años, antes de materializar su proyecto de trabajar durante un periodo más largo, lo que inició en el pasado curso académico, que por su especialización le vinculó al Departamento de Derecho Financiero y Tributario. Quiero decir con esto que acudió a mi despacho, me explicó su proyecto, y comenzamos a conversar sobre los temas que más le interesaban. Ya, desde estos primeros momentos, me llamó la atención su dedicación y su capacidad de trabajar porque rara vez teníamos una nueva conversación sin que acudiera tras haber leído la bibliografía que había sido comentada en la reunión anterior. Reconozco que, por este motivo, siempre creí que culminaría con buen fin la tarea que se había fijado. Tarea compleja porque el tema elegido (en un principio era la de abordar el estudio comparado de los conceptos de autonomía financiera y solidaridad en Brasil y España) se fue transformando, primeramente, hacía los aspectos constitucionales del problema y, después, hacia la cuestión de las diferencias entre los regímenes de financiación de que disfrutaban ?o podían disfrutar? las Comunidades Autónomas dentro del marco constitucional. Su interés por estas materias venía dado por su trayectoria anterior como investigador en Brasil, donde había ya realizado una interesante publicación sobre los problemas de solidaridad en el plano constitucional y financiero: «Solidariedade Social Tributária» (Editorial Almedina Sao Paulo, 2010). En esta publicación defendía una concepción del Derecho entendiéndolo como conjunto de valores materiales y principios a respetar por el poder ?o los poderes? lo que, en el caso del Estado social de Derecho, exige la consideración de la igualdad como valor fundamental y, por ende, la solidaridad. Esta reflexión aplicada al ámbito tributario se manifiesta en la necesidad de una tributación que responda a estos principios y un gasto público de carácter redistributivo. Este planteamiento, por otra parte muy ortodoxo, cuando es trasladado al ámbito del federalismo fiscal, ha de ser reelaborado, pues la pertenencia del ciudadano-contribuyente a un gobierno subcentral dotado constitucionalmente de autonomía, para el ingreso y el gasto, le exige pronunciarse sobre un nuevo equilibrio entre aquellos valores considerados en la exclusiva vertiente de los individuos ?que son, como se dice en ocasiones, quienes pagan impuestos y se benefician de los servicios públicos? y la desigualdad que necesariamente conlleva la descentralización política y financiera de cualquier Estado. A lo largo del periodo de investigación realizado en España, y persiguiendo los objetivos antes señalados, el autor no ha dudado en estudiar todo lo que resultaba necesario para adentrarse en el tema central: la Constitución española, nuestra historia, la doctrina económica del Federalismo fiscal, etc. etc. Es decir, no ha escatimado esfuerzos para conocer todo aquello que podríamos considerar como «cuestiones previas» al problema de la financiación autonómica. Toda esta tarea le ha conducido a un necesario y extenso esclarecimiento de los aspectos constitucionales del tema, tanto en el Derecho español como en el de Brasil, y de ahí nace una larga investigación sobre la perspectiva constitucional que alcanzó una extensión y rigor que la hicieron merecedora de ser tratada con independencia, siendo objeto de una publicación principalmente dedicada a estas materias que aparecen como preámbulo al estudio de los aspectos de financiación territorial. Ahora bien, no debe concluirse que estamos ante una obra en la que el autor se limite a aprovechar sus anteriores trabajos sobre estas cuestiones, a lo que sólo añadiría la información obtenida en relación al derecho español, porque su pensamiento ha ido evolucionando a medida que estudiaba y comprendía una nueva dimensión de los problemas. Como ejemplo, advertiré a los lectores que, si la solidaridad era la preocupación que constituyó el punto de partida para el autor, inclinándose en un primer momento por la idea de que, en un Estado, solidaridad e igualdad venían a ser dos valores complementarios y dialécticamente unidos, una vez estudiados los planteamientos de la doctrina del federalismo fiscal de segunda generación, así como el sistema autonómico español, su pensamiento enseguida captaría una nueva perspectiva del tema cuyo mejor ejemplo es el propio título de la obra donde se resalta el problema de las posibles asimetrías en el funcionamiento, las competencias y la financiación de los gobiernos subcentrales, y su incidencia en el equilibrio que debe mantenerse entre la autonomía y la solidaridad, los dos grandes principios informadores de las Haciendas federales. En esta perspectiva, estamos, por tanto, ante una verdadera reelaboración de su obra anterior, que nos conduce a una nueva dimensión del problema respecto de sus anteriores postulados: la posibilidad de que la organización territorial de un Estado responda también a la idea de desigualdad, o de asimetría, si así queremos expresarlo. Es más, en la medida en que cada avance en su indagación le lleva a más preguntas y dudas que respuestas ?ha sido necesario fijar fronteras a su proyecto para lograr unos objetivos posibles y abarcables? actualmente se ocupa en la ampliación de su primer horizonte añadiendo también elementos de la experiencia italiana. No nos queda ya sino felicitarnos por disponer de una obra en la que se exponen comparativamente los sistemas de descentralización política y financiera brasileño y español, analizado ello con una perspectiva abierta, en cuanto a la amplitud que puede darse al hecho autonómico o federal, pero que no renuncia al reconocimiento de un conjunto de valores, especialmente la solidaridad, que necesariamente constituyen el trasfondo del Estado social. También agradecer al autor el trabajo incansablemente realizado y la honestidad con que lo ha llevado a término. AGRADECIMIENTOS PRESENTACIÓN INTRODUCCIÓN 1.??CONSIDERACIONES INICIALES Y METODOLÓGICAS 1.1.??Derecho Constitucional Comparado 1.2.??Formas de Estado 1.3.??Federación 2.??CARACTERÍSTICAS COMUNES AL FEDERALISMO 2.1.??Mínimo de Dos Niveles de Poder (Central y Subcentral) 2.2.??Descentralización Constitucional: Autonomía y Competencias 2.2.1.??Procesos de Federalización 2.2.2.??Autonomía Financiera 2.3.??Participación de las Entidades Subcentrales en la Voluntad Central 2.4.??Existencia de Órgano encargado de solucionar conflictos 3.??FEDERALISMO Y ESTADO AUTONÓMICO: BRASIL Y ESPAÑA 3.1.??Características Comunes al Federalismo y Estado Autonómico 3.1.1.??Niveles de Poder y Acceso a la Autonomía 3.1.2.??Descentralización Constitucional 3.1.2.1.??Comunidades Autónomas y Estados-miembros 3.1.2.2.??Distribución de Competencias 3.1.2.3.??Autonomía Local 3.1.2.4.??Autonomía Financiera 3.1.2.4.1.??Sistema Financiero Autonómico (España) 3.1.2.4.2.??Sistema Financiero Federativo (Brasil) 3.1.2.3.3.??Esfuerzo Comparativo 3.1.3.??Bicameralismo: Senado 3.1.4.??Tribunal Constitucional y Supremo Tribunal Federal 3.1.4.??Otras características 3.1.4.1.??Intervención Federal 3.1.4.2.??Hechos diferenciales CONCLUSIÓN BIBLIOGRAFÍA

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