El control de la incapacidad temporal tras la reforma legislativa de las Mutuas colaboradoras de la Seguridad Social

El control de la incapacidad temporal tras la reforma legislativa de las Mutuas colaboradoras de la Seguridad Social
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La nueva Ley 35/2014, así como el RD 625/2014 han introducido cambios importantes en el ordenamiento jurídico que inciden, de manera relevante, en el funcionamiento de la prestación de incapacidad temporal. Con la finalidad de contribuir en la lucha contra el absentismo laboral y mantenimiento del sistema público de Seguridad Social han quedado modificadas, tanto en la Ley General de la Seguridad Social, como en otras normas conexas, muchas de las disposiciones reguladoras de esta contingencia. Bajo el pretexto de que se han de articular los distintos mecanismos existentes para elevar los niveles de coordinación y eficacia de los Servicios Públicos de Salud (a quienes corresponde dispensar la asistencia sanitaria en estos casos), con las reformas de 2014 se ha facilitado ahora que Mutuas puedan realizar las actividades de control y seguimiento de las distintas bajas médicas. Ampliando así, de una manera incomprensiva, las competencias de las Mutuas en materia de control de la IT. Constituye ésta una temática que ha contado con relevantes aportaciones doctrinales, pero que exigía una revisión global y exhaustiva que diera cuenta de los cambios normativos y también de las construcciones jurídicas llevadas a cabo hasta el momento. Se ofrecen así las piezas conceptuales necesarias para la comprensión de esta realidad social, así como una descripción completa de las funciones, organización, mecánica funcional de la incapacidad temporal y de las Entidades Gestoras y Colaboradas de la Seguridad Social español. Se hace especial énfasis en las últimas reformas legislativas de 2014 sobre Mutuas, que han modificado considerablemente y de una manera drástica el sistema jurídico de Seguridad Social. A lo que cabe añadir, las últimas reformas 2015 y, en especial, el nuevo Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Normativa ésta última que ha sido aprobada con el fin de actualizar, aclarar y recoger todas las normas con rango de ley que, en algún momento u otro, han modificado al Real Decreto Legislativo 1/1994. Profesora Ayudante Doctora del Departamento de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Granada. Tesis Doctoral: "La incapacidad temporal como contingencia protegida por la Seguridad Social", defendida en diciembre de 2012 y calificada con la máxima puntuación posible de APTO CUM LAUDEM. Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales con las especialidades en "Seguridad en el trabajo" y "Ergonomía y psicosociología aplicada". Miembro permanente del Consejo Asesor de la "Revista de Derecho de la Seguridad Social" y responsable en esta revista la sección sobre "Crónica de Doctrina Judicial y novedades bibliográficas". Miembro de la Junta Directiva de la Asociación Española de Salud y Seguridad Social y, en concreto, de su Comité ejecutivo. Principales líneas de investigación: Contratación laboral, relaciones de trabajo, empleo público, negociación colectiva, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales e inmigración.

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