Comentarios al Reglamento Europeo de Protección de Datos

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Tras más de cuatro años de interminables reuniones, debates, planteamientos divergentes, informaciones e incertidumbres, el 14 de abril de 2016 se aprobó el nuevo Reglamento Europeo de Protección de Datos. En esta obra se analiza en profundidad su articulado, las novedades y adaptaciones necesarias, sus ejes esenciales y los aspectos y consecuencias técnico-normativas relevantes para su entendimiento e implementación, razón por la que se convierte en un instrumento básico para conocer y acometer la adaptación a una norma que será de plena aplicación el 25 de mayo de 2018. A modo de introducción. Los condicionamientos de la nueva religión laica Parte 1. El condicionamiento por el contexto de un reglamento que no satisface, ni podía satisfacer, plenamente las expectativas I. El contexto técnico-político y empresarial II. La volatilidad derivada del escenario tecnológico incierto y de los nuevos modelos de negocio que nos enfrentan a un conflicto de intereses III. La volatilidad de los valores sociales acerca de la privacidad IV. El dilema seguridad-privacidad como constante V. El endiablado marco de transferencias internacionales con Estados Unidos condicionado por las limitaciones de la soberanía: del Safe Harbour al Privacy Shield Parte 2. Aspectos y consecuencias técnico-normativas relevantes I. La indefinición como opción y recurso: el riesgo de caer en el binomio tautología-posterior formación de la voluntad II. La ósmosis y retroalimentación entre la parte dispositiva y un Preámbulo que desborda su papel habitual III. El vértigo entre la ambigüedad y el procedimiento sancionador, en particular, sobre el tratamiento a gran escala y el alto riesgo IV. Aparentes desajustes V. El mantenimiento de regulaciones especiales. La Directiva 2016/680 y las incógnitas sobre su conciliación con el Reglamento Parte 3. La búsqueda de la homogeneidad: la coexistencia de medidas centrífugas y centrípetas I. La aprobación de un reglamento en lugar de una directiva II. El reglamento utiliza técnicas que le acercan al régimen de las directivas III. La constante remisión a excepciones legislativas nacionales, con obligación de comunicación a la Comisión del resultado únicamente en algunos casos IV. La creación de un mecanismo de cooperación y coherencia con incertidumbres y necesidad de rodaje, que finalizan en una decisión de una autoridad nacional recurrible frente a sus Tribunales, que pueden o deben elevar una cuestión prejudicial V. El diseño de una vía judicial nacional, que puede resultar más amigable que la reclamación frente a las autoridades de control en tratamientos transfronterizos VI. La habilitación para una diferente interpretación en los casos de tratamiento local-excepción nacional frente a la derivada del mecanismo de coherencia VII. La dispersión normativa del régimen de privacidad en otras disposiciones comunitarias en las que sería necesario que se aplicaran los principios de cooperación y coherencia VIII. El desaprovechamiento de sinergias mediante una mayor comunitarización puede seguir haciendo pivotar elementos de gran complejidad en una insuficiente dimensión nacional IX. El TJUE como garante final de la cohesión Parte 4. Ejes relevantes I. La diligencia como nuevo paradigma II. Peculiaridades de las Administraciones Públicas III. Peculiaridades de las pymes IV. La aplicación extraeuropea del Reglamento y su problemática. A propósito del art. 3 V. Las implicaciones de la mayor exigencia para el tratamiento basado en consentimiento e interés legítimo. El dilema de las finalidades. Negocio frente a privacidad VI. Un ambiguo diseño del derecho al olvido que no menciona a los buscadores y que avanza hacia soluciones transnacionales VII. Protección de datos y libertad de expresión e información. ¿Hacia una ley de prensa? Parte 5. Análisis del articulado Capítulo I. Disposiciones generales Capítulo II. Principios Capítulo III. Derechos del interesado Capítulo IV. Responsable del tratamiento y encargado del tratamiento Capítulo V. Transferencias de datos a terceros países u organizaciones internacionales Capítulo VI. Autoridades de control independientes Capítulo VII. Cooperación y coherencia Capítulo VIII. Recursos, responsabilidad y sanciones Capítulo IX. Disposiciones relativas a las situaciones específicas de tratamiento Capítulo X. Actos delegados y actos de ejecución Capítulo XI. Disposiciones finales Parte 6. Principales novedades y período transitorio I. Decálogo de medidas que se deben adoptar II. Recomendaciones de la Agencia Parte 7. Consideraciones finales I. Planteamientos generales II. Elementos para avanzar y construir

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