PACK Estudios de Derecho Concursal Civitas 15 Vols.
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La resolución colectiva del contrato de trabajo por irregularidades en el abono del salario en la ley concursal

Aunque la figura de la resolución colectiva por irregularidades en el abono del salario es, probablemente, la innovación de mayor calado de cuantas introduce la Ley Concursa! en materia laboral, su regulación, paradójicamente, se resuelve en un par de escuetos párrafos que dejan un amplio margen a la duda y a la interpretación en todos los aspectos centrales de este nuevo procedimiento extintivo del contrato de trabajo. De resultas de lo establecido en el art. 64.10 LC, es indudable que una pluralidad de acciones resolutorias individuales que habrían de sustanciarse en distintos juicios declarativos ante el Juez de lo Social pasan a convertirse -una vez declarada la empresa en situación de concurso- en una acción colectiva de resolución de la que conocerá el Juez del Concurso. Pero, más allá de ello, la norma no se detiene a señalar cuándo se produce esa conversión, ni cómo tiene lugar la alteración de la competencia jurisdiccional, ni cuáles deban ser los efectos anudados a esa conversión ex lege que sufren las acciones resolutorias interpuestas por los trabajadores al amparo del art. 50.1.b ET. Dar respuesta a estos interrogantes y a los otros muchos que aguardan detrás de cada uno de ellos es el objetivo de este trabajo.

El Poder de Decisión de los Acreedores en el Concurso

La presente monografía, que se basa en la tesis doctoral defendida por su autora en julio de 2004, trata de desarrollar un modelo de intervención activa de los acreedores como colectivo en el seno del procedimiento concursa!, intervención necesaria aunque no exenta de objeciones. El estudio se centra en la categoría de los acreedores ordinarios, a los cuales corresponde alcanzar, en su caso, una solución convenida al concurso. El libro se estructura en cinco capítulos. En el primero, junto a un enfoque conceptual, se someten a examen diversos modelos legales comparados de participación colegiada de los acreedores en el concurso, al tiempo que se repasan los antecedentes históricos del modelo español. Los dos capítulos siguientes se dedican a analizar el régimen de intervención de los acreedores en el proceso concursal en el contexto del Derecho codificado, y en el marco de la Ley Concursal respectivamente. De este modo, el lector podrá apreciar con claridad las novedades que esta Ley ha aportado en la materia que constituye el objeto de este estudio. El capítulo cuarto se ocupa de los costes y obstáculos que, sin duda, acompañan a la participación colectiva de los acreedores en el procedimiento concursal, sin olvidar las técnicas que pueden aplicarse para lograr una correcta ordenación de dicha participación. El quinto y último capítulo se consagra en exclusiva al examen en profundidad de una de esas técnicas -el comité de acreedores-, habida cuenta de su complejidad y utilidad. La monografía enriquece ia doctrina concursal española, en una etapa en la que ésta se halla especialmente necesitada de tratamientos monográficos que permitan valorar el tránsito del anterior a! nuevo sistema. Cabe pronosticar su utilidad tanto para el interesado en la exégesis de la Ley Concursal, como para el que desee conocer en profundidad el sistema concursal del Derecho codificado. La autora tiene bien presentes las soluciones aph´cadas en otros ordenamientos, destacando su tratamiento dei Derecho norteamericano. En fin, más allá del ámbito concursal, quienes se enfrenten al estudio de¡ funcionamiento de órganos colectivos en otros sectores del Derecho privado, encontrarán variadas y sugerentes aportaciones en esta obra.

Fianza y Concurso

El presente trabajo propone una reflexión crítica sobre las recientes innovaciones que la Ley Concursal ha introducido en el tratamiento de las garantías personales en el concurso. Lo original de ese tratamiento ha podido producir una relativa perplejidad en el tráfico en lo tocante al sentido y alcance de la liberalidad de sus normas. Este trabajo, no ahorrando la crítica cuando es precisa, trata sin embargo de hallar una interpretación respetuosa con el tenor legal, llegando hasta donde el mismo permite en su interpretación. En concreto, la obra gira sobre dos aspectos básicos de la fianza en el concurso: el novedoso de la comunicación y clasificación de los créditos del fiador y acreedor garantizado, y el clásico de los efectos del convenio sobre el crédito afianzado. Esos son los dos aspectos básicos de una obra susceptible de interesar al operador jurídico en busca de orientación o argumentos como al investigador interesado en opiniones o materiales para la discusión.

El concurso de acreedores y las cesiones de créditos

El crédito como factor de financiación y valor económico transmisible desarrolla un relevante papel en nuestra economía de mercado, pudiendo ser objeto en el tráfico económico de distintas operaciones jurídicas que se articulan sobre el esquema negocial de la cesión de créditos. Las consecuencias del concurso de alguno de sus elementos personales, en particular, del cedente y del deudor cedido, constituye uno de los aspectos más destacados de su régimen jurídico.

El saneamiento y la liquidación de entidades aseguradoras en el concurso de acreedores

El interés del tema objeto de estudio reside, además de en su importancia e incidencia práctica, en las novedades que la materia presenta, habida cuenta de las sustanciales modificaciones que la referida regulación especial ha experimentado en los últimos años. De entre tales modificaciones merecen ser destacadas las introducidas por la Ley 34/2003, de 4 de noviembre, de modificaicón y adaptación a la normativa comunitaria de la legislación de seguros privados, mediante la que se transpone a nuestro Ordenamento la Directiva 2001/17/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, aprobada el 19 de marzo de 2001, relativa al saneamiento y a la liquidación de las compañías de seguros.

Los Créditos Subordinados

La obra «los créditos subordinados» afronta el estudio de la nueva clase de créditos introducida por la reciente Ley Concursal. A través de esta figura, de inspiración germánica y norteamericana, el legislador ha establecido una medida que pretende aumentar la masa patrimonial en los procesos concúrsales, lo que se intenta a través del establecimiento de un catálogo de créditos que, conformando una suerte de preferencia inversa, tiene asignado un menor valor en el reparto del activo concursal y una posición marginal en la tramitación del procedimiento. En este trabajo, el autor lieva a cabo un análisis funcional de todos los supuestos que integran el artículo 92 LC, lo que se completa con un exhaustivo acercamiento a la figura de las «personas especialmente relacionadas» fart. 93 LC), la cual se examina únicamente en su relación con la subordinación de créditos. Por medio de esta labor, que ocupa la parte central de la obra (Capítulos III y IV), se han intentado ofrecer las soluciones interpretativas que resultan más adecuadas a ia letra de la Ley y al espíritu de la subordinación de créditos. Para afrontar esta tarea, el autor ha tomado parámetros interpretativos desarrollados en la doctrina y Jurisprudencia de Alemania y Estados Unidos de América, en cuyos ordenamientos la figura de la subordinación se conoce desde finales del siglo XIX. Esta labor, necesaria ante la ausencia de doctrina y jurisprudencia sobre los créditos subordinados en el ordenamiento español, ha sido afrontada con mucha profundidad, habiéndole dedicado el autor el Capítulo II de la obra. Ei presente trabajo destaca, además, por el intento de definir la posición de los créditos subordinados en el concurso (Capítulo V), que el autor ha deducido de las distintas normas que, en la Ley Concursal, hacen referencia a esta clase de créditos. Fruto de este estudio, es la conclusión alcanzada sobre el papel marginal de dichos créditos en la tramitación del concurso y la satisfacción de las obligaciones del deudor, proponiéndose que dicha marginalidad extienda sus electos a la fase del convenio, como medio para permitir el saneamiento de empresas en crisis. Este libro ha sido elaborado desde y para la Universidad. Por eso, sus principales destinatarios son los estudiosos del Derecho Concursa! y todos aqueilos que, desde una perspectiva académica, tengan interés en profundizar en las materias que afecten a los créditos subordinados. A pesar del enfoque primordialmente doctrinal, el autor ha intentado hacer de esta obra también una guía útil de ayuda y consulta a quienes, en su trabajo diario, usan y aplican la Ley Concursal, sean jueces de lo mercantil, abogados, economistas, bancos y, en general, empresarios.

El Principio de Conservación de la Empresa en la ley Concursal

La finalidad del nuevo procedimiento concursal es la satisfacción de los acreedores, pero sin que por ello la Ley Concursal sea ajena a las ventajas que tanto para los acreedores como para el resto de intereses afectados por la crisis pueden derivarse de la conservación de la estructura empresarial. Esta orientación conservativa de la empresa, por otra parte presente en mayor o menor medida en la actualidad en el conjunto del Derecho concursal comparado, es el objeto de esta monografía. En la primera parte se lleva a cabo una aproximación al nuevo procedimiento desde una perspectiva histórica y se precisa el alcance del principio de conservación en la normativa concursal, así como sus distintas variantes. A continuación el trabajo se centra en el análisis de las medidas de conservación previstas en la fase común del concurso y de las que en última instancia depende la posibilidad de conservación, ya sea a través de un convenio de continuación o de una enajenación en bloque. Posteriormente se aborda en profundidad el régimen jurídico del convenio, dedicándose especial atención a la "propuesta anticipada de convenio", como medio de facilitar y anticipar el arreglo negociado. La última parte del trabajo se dedica al análisis desde la óptica conservativa de la otra vía de solución del concurso, la liquidación, para finalizar con una serie de consideraciones sobre la relación entre la vía convencional y la liquidatoria, así como sobre las consecuencias de la falta de un juicio de viabilidad que fundamente la opción entre las dos soluciones del concurso.

La Reserva de Dominio Inmobiliario en el Concurso

Literal y expresamente la figura de la reserva de dominio sólo aparece en dos preceptos de la Ley Concursal, los artículos 90 y 201, si bien si se quiere entender algo su tratamiento jurídico es necesario contemplar otros muchos preceptos de la misma: a título de ejemplo se deberían manejar al menos los artículos 24, 56, 57, 60, 61, 69, 71 y 155. Curiosamente con los datos que la Ley Concursal nos brinda, tenemos que llegar a la paradójica conclusión de que las tres teorías sobre la naturaleza jurídica de la reserva de dominio más corrientemente expuestas por la doctrina pueden encontrar algunos puntos de apoyo en la norma. Así la llamada tesis clásica que entiende que la reserva de dominio funcionaría como una condición suspensiva de la transmisión de la propiedad, parece estar presente en el artículo 201 de la Ley Concursal. La explicación de la reserva de dominio como garantía de carácter hipotecario puede tener un fuerte argumento en el artículo 90 de la misma. Finalmente la idea de que en la reserva de dominio hay una cláusula o condición resolutoria expresa, puede asentarse perfectamente en su artículo 56. ¿Será esto muestra de la falta de claridad de ideas por parte del legislador concursal al regular la institución? ¿O será la manifestación de un cierto eclecticismo en los fundamentos teóricos de las normas que se le dedican? A partir de esas preguntas, el presente estudio se ocupa de estudiar la reserva de dominio en la compraventa de bienes inmuebles, prestando especial atención a conjugar los intereses del vendedor y del comprador. Constituye esta obra un estudio detallado de la reserva de dominio inmobiliaria, a la luz de las más recientes normas y de la Jurisprudencia, que reúne en sí elementos suficientes para resultar de interés tanto para el jurista teórico como para el práctico.

La prenda de créditos

La financiación con cargo a derechos de crédito goza de una indudable expansión en el tráfico. Junto a los contratos de fac-toring, descuento y otras modalidades semejantes contamos ahora, desde la entrada en vigor de la Ley concursa!, con una regulación sustantiva de la «prenda de créditos» que ya gozaba antes de reconocimiento jurisprudencial. En este libro se examinan, como dice el profesor Ángel Carrasco en el Prólogo, de modo «completo y definitivo» los distintos aspectos de esta figura, además de estudiarse sus relaciones con las garantías financieras reguladas en el reciente Real Decreto Ley 5/2005. La obra es de indudable utilidad para los asesores jurídicos puesto que ofrece una guía para resolver los problemas sustantivos de la prenda de créditos y sus implicaciones concúrsales y procesales; así como una resumida exposición de otros asuntos que son muy relevantes en sede de garantías como por ejemplo, la ejecución, la circulación de créditos futuros, la cesión pro sol-vendo de créditos, la compensación convencional, las cláusulas de globalización o la sobregarantía.

El concurso de acreedores culpable

El presente trabajo constituye una reflexión tanto de interés teórico como práctico del supuesto de hecho del denominado concurso de acreedores culpable y de las consecuencias jurídicas sancionadoras que entrañan su concurrencia. A diferencia del derecho histórico que disciplinó la calificación de la quiebra como mero instrumento previo para la imposición de sanciones penales, en la nueva regulación del concurso, la calificación constituye, por sí misma, un expediente autónomo que, cumplido el supuesto de hecho previsto legalmente, proyecta sobre los infractores tanto medidas sancionadoras de naturaleza personal cuanto medidas de naturaleza patrimonial, que persiguen, en interés privado de los acreedores, el incremento de la masa activa del concurso. En la presente monografía se propone, a la luz de las actuales tendencias del Derecho comparado y de las resoluciones judiciales contradictorias, dictadas hasta la fecha, una construcción dogmática del sistema de sanciones civiles que tiene como finalidad superar las dificultades interpretativas y de aplicación judicial del nuevo régimen de responsabilidad concursa! de los administradores y liquidadores de sociedades de capital. Consecuentemente, la obra tiene interés para todos aquellos operadores jurídicos relacionados con la interpretación y aplicación del Derecho concursal y del Derecho de sociedades.

Procedimientos de Insolvencia y Grupos Multinacionales de Sociedades

En la presente monografía se abordan los principales problemas jurídicos que plantea la insolvencia de los grupos multinacionales de sociedades en el contexto actual de globalización económica. Así, se ofrece una respuesta de conjunto respecto de la extensión del concurso a la sociedad matriz, la cobertura del déficit concur-sal, las inhabilitaciones a administradores integrantes de varios consejos de administración, los créditos de personas vinculadas... Dicha solución global se articula en torno al modelo de diversificación jurídica corregida e implica a todos los sectores del Derecho internacional privado: la competencia judicial internacional de los tribunales, el Derecho aplicable, el reconocimiento de decisiones y la cooperación entre autoridades. Con este punto de partida, la obra se dirige a la comunidad científica y, en particular, tanto a estudiosos de Derecho internacional privado como de Derecho mercantil. También resulta especialmente útil para jueces y autoridades, así como para abogados, administradores de empresas y otros profesionales relacionados con el Derecho concursal. No en vano, la sólida reflexión teórica va acompañada del estudio de cuestiones de candente actualidad, de un análisis minucioso de textos normativos, principalmente de la normativa comunitaria sobre insolvencia y de la Ley Concursal, de un examen exhaustivo de los principales casos jurisprudenciales (desde el asunto de la Barcelona Traction hasta los más recientes de Enron, Parmalat, Yukos, Rover...) y de ¡a propuesta de soluciones prácticas y viables en el mundo de la empresa.

La " vis attractiva " del proceso concursal

El presente libro analiza los efectos que la declaración del concurso produce en los procesos judiciales en los que el deudor concursado sea parte, distinguiéndose entre los procesos judiciales, arbitrajes y procedimientos de apremio administrativo ya pendientes en el momento de declararse el concurso y los nuevos procesos que puedan promoverse después de la declaración de concurso. Se estudian así tanto los problemas que plantean aquellos supuestos en los que el proceso singular queda "absorbido" por el concurso -transformación del procedimiento para su tramitación por la vía del incidente Concursal, sustitución del deudor por los administradores concursales, etc.-, como los efectos que se producen -especialmente, en materia de legitimación para la defensa de los intereses de la masa- en aquellos supuestos en los que los procesos singulares siguen su curso independiente fuera del concurso, prestándose especial atención a las relaciones entre el proceso singular y el eventual reconocimiento del crédito dentro del concurso. Como es obvio, el trabajo dedica especial atención a los efectos de la declaración del concurso sobre todo tipo de ejecuciones judiciales y administrativas, ejecutivas o cautelares, por crédito personal o por garantía real, distinguiendo también en función de si los bienes objetos de ejecución se hallan afectos o no a la actividad del concursado. De igual modo, se estudia el régimen procesal aplicable a los procesos en los que el concursado ostente la parte procesal activa, es decir, cuando deban efectuarse reclamaciones frente a terceros deudores del concursado -actuando procesalmente como demandante, acusador, etc.-. Dotada de numerosas referencias tanto bibliográficas como jurisprudenciales, la obra constituye pues de un completo estudio de cómo actuar en todos los citados supuestos, útil tanto para juristas, especializados o no en derecho concursal, como para los profesionales que intervienen en el proceso concursal.

El concurso de acreedores de persona casada en régimen económico matrimonial de comunidad

La declaración de concurso de persona casada en régimen de gananciales o de cualquier otro régimen de comunidad presenta una problemática particular que ha sido abordada de manera confusa y contradictoria en la Ley Concursa! 22/2003. de 9 de julio. La determinación de en qué medida responden los bienes comunes o gananciales de las deudas del cónyuge insolvente (bienes que sólo en parte pertenecen al concursado) o lo que acontece con la vivienda habitual cuando un cónyuge es declarado en concurso, así como la posición jurídica del otro cónyuge, constituyen algunas de las cuestiones tratadas en el presente trabajo. Desde luego, el modelo del que parte la Ley Concursal es el de la insolvencia de las sociedades, y no tanto la de los empresarios individuales. Ello se percibe en la escasa y fragmentaria regulación de la insolvencia de la persona física y en disfunciones como las que se deducen de las conexiones de la Ley Concursa! con la disciplina del régimen económico matrimonial, que no es además disciplina única en todo el territorio nacional. Este trabajo significa el acercamiento y la conexión de la economía matrimonial con el Derecho concursal. Un tema que irá ganando actualidad si se confirma el creciente aumento de concursos de personas físicas en un contexto económico como el actual, repleto de instrumentos jurídicos que están favoreciendo el sobreendeudamiento de las familias.

Junta de Acreedores

Colegialidad y mayoría rigen la formación de la voluntad de los acreedores concursales; la primera nota implica la integración en un órgano (collegium); pero la nueva LC, orientada en el signo de la flexibilidad y de la simplificación, que se acusa especialmente en la estructura orgánica del concurso, hace desaparecer la necesidad de la existencia del colegio al permitir la formación de la voluntad de los acreedores fuera de junta, mediante la adhesión por escrito a la propuesta anticipada de convenio. La nueva regulación legal ha planteado la cuestión de si la junta sigue siendo órgano del concurso, tema de calificación de su naturaleza jurídica que el autor resuelve con respuesta afirmativa, pero matizada con especiales características (órgano colegiado no necesario), antes de estudiar su estructura y funcionamiento (convocatoria, constitución y cargos, que son los aspectos abordados en la obra).

Los acreedores involuntarios

Los Acreedores Involuntarios analiza el tratamiento del crédito por responsabilidad extracontractual en sede concursal, con especial referencia al privilegio regulado en el artículo 91.5º de la vigente Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, y construye el régimen jurídico aplicable a estos créditos sobre la base de su parcial regulación legal. Para el encuadre dogmático del tratamiento concursal de los créditos extracontractuales, se analiza la necesidad de tutela específica del «acreedor involuntario» en el concurso, centrándose en cuestiones generales relativas a la función del derecho concursal como mecanismo tuitivo de acreedores especialmente desfavorecidos y, más concretamente, en la fundamentación jurídica de la preferencia concursal del crédito extracontractual. A continuación se analiza la evolución histórica de la legislación concursal española y se describe el sistema de tutela preferencial del crédito extracontractual en la vigente Ley Concursal, delimitando el ámbito objetivo de aplicación del privilegio concursal. El sistema previsto en la norma concursal es objeto de análisis y crítica, especialmente por las dificultades del actual sistema para ofrecer una tutela adecuada a los acreedores extracontractuales en casos de daños desproporcionados. En superación de las insuficiencias de la solución legal, el estudio propone la introducción de mecanismos novedosos para la distribución del patrimonio de responsabilidad entre todos los acreedores extraconcursales. Desde una perspectiva funcional, los dos últimos capítulos del estudio construyen el régimen jurídico aplicable a los acreedores involuntarios en del concurso, diferenciando su tratamiento como créditos concursales o créditos contra la masa, y abordando cuestiones complementarias, como la delicada situación en el concurso del asegurador, la posible participación de los acreedores involuntarios en la administración concursal, o la necesidad de aseguramiento de la responsabilidad civil tras la declaración de concurso. El estudio, en general, apunta soluciones posibilitadoras de una más efectiva tutela de los créditos extracontractuales. Los Acreedores Involuntarios resulta de interés para juristas interesados en los ámbitos del Derecho Concursal o, con carácter general, del Derecho patrimonial; y especialmente para abogados y jueces mercantiles involucrados en la tramitación de concursos en los que la relevancia de los créditos por responsabilidad extracontractual sea especialmente destacada.

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