La exclusión del derecho de suscripción preferente

La exclusión del derecho de suscripción preferente
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En esta monografía se efectúa un exhaustivo análisis de la nueva regulación de la exclusión del derecho de suscripción preferente contenida en la LSA de 1989, significativamente reformada en 1998 y en la LSRL de 1995. Partiendo de una perspectiva crítica, se examinan con detalles los requisitos y la casuística de las diversas modalidades de exclusión y, en particular, de la acordada por la Junta general, ensayando una interpretación dirigida a resolver los inconvenientes de la nueva normativa. Tanto la LSA de 1989, como la LSRL de 1995 han reformado profundamente el régimen del derecho de suscripción preferente de los socios. El principal rasgo del actual régimen reside en la novedosa regulación de la exclusión del mencionado derecho y, concretamente, en la admisión por primera vez de la exclusión acordada por la Junta General por razones de interés social, esta novedad ha venido a resolver los graves problemas que originaba el excesivo rigor de la LSA de 1951 que, al prohibir la exclusión, obstaculizaba la realización de operaciones muy beneficiosas para la sociedad. A pesar de las indudables ventajas de la nueva legislación, ésta plantea a su vez serios inconvenientes. Por un lado, la exclusión acordada por la Junta General es una modalidad de exclusión extraordinariamente compleja y controvertida, ya que en ella surge la necesidad de articular mecanismos de control de la mayoría y minoría. Por otro lado, la nueva legislación es aplicable tanto a las sociedades bursátiles como a las no bursátiles, pero ha sido diseñada pensando esencialmente en estas últimas y, por tanto a las sociedades bursátiles cono a las no bursátiles, pero ha sido diseñada pensando esencialmente en estas últimas y, por tanto, se caracteriza por un mayor rigor en defensa de la minoría, lo que plantea el inconveniente de su falta de acomodo a las necesidades de las sociedades bursátiles, que precisan una mayor flexibilidad. En 1998 el legislador reformó la LSA de 1989 con el objetivo de resolver este último inconveniente flexibilizando el régimen de la exclusión en las sociedades bursátiles. Esta reforma se enmarcaba en una reforma más amplia dirigida a flexibilizar el régimen societario de la emisión de acciones por parte de sociedades bursátiles, siguiendo la tendencia liberalizadora iniciada en los Estados Unidos y acogida recientemente en Alemania. No obstante, la excesiva precipitación con la que se llevó a cabo la reforma de 1998 impidió que los principios en los que se inspiraba se reflejaran de forma satisfactoria en la normativa finalmente aprobada. A pesar de lo anterior, esta reforma, situada en la frontera entre el derecho de sociedades y el derecho del mercado de valores, simboliza la adopción de una nueva concepción del derecho de suscripción preferente.

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