El nuevo estatuto de los trabajadores
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Dentro de la Colección «Comentarios a la legislación social» de la editorial Comares, que lleva ya tiempo impulsando los estudios en materia de Derecho Social, ve la luz este Comentario del Estatuto de los Trabajadores, el cual ofrece al lector un tratamiento riguroso y de orientación jurídico-práctica; con análisis concisos de tipo teórico y práctico, y, por consiguiente, incorporando una referencia a las elaboraciones jurisprudenciales respecto a cada uno de los artículos y materias estudiadas. La idea fuerza que lo preside es la de realizar un tratamiento técnico-jurídico y jurídico-práctico de los problemas que suscita la aplicación del Estatuto de los Trabajadores. Un tratamiento útil para todos los modelos de jurista y para los alumnos de los distintos ciclos académicos y de los diversos títulos de Grado, Máster Universitarios y programas de Doctorado. Pero también son sus destinatarios todas aquellas personas, graduados y profesionales, interesadas en el estudio del Derecho del Trabajo. La finalidad última de esta obra es permitir una comprensión global y especializada del desenvolvimiento vital de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, insertada en una disciplina, el Derecho del Trabajo, que hoy como siempre constituye un derecho vivo, muy apegado a la realidad social en la que opera y que contribuye a formalizar jurídicamente. Un comentario a nuestro Estatuto de los Trabajadores con estas características ocupa sin duda un espacio propio y diferente al ocupado por otros prestigiosos comentarios ya existentes (y que están en la mente de todos) con distintos objetivos a los aquí perseguidos. La empresa es análoga, en su género, al plan que varios comentarios excelentes se proponen, pero no es en absoluta idéntica a la de ellos. En consecuencia, respecto a estos comentarios esta obra no pretende ser una alternativa sustitutiva. Se une a dichas obras enriqueciendo los puntos de vista en la observación científico-jurídica y práctica. Ya la Editorial Comares publicó en el año 1998 un Comentario al Estatuto de los Trabajadores dirigido por el Profesor José Luis Monereo Pérez (que fue el primer comentario iuslaboral de estas características, extenso t analítico). Su realización estuvo motivada por la necesidad de llevar a cabo por la doctrina jurídica un Comentario sistemático al Estatuto de los Trabajadores de forma extensa y analítica. Esta obra recogía un «estatuto de los trabajadores» que iba camino de cumplir sus veinte años de existencia jurídica, dándosele un homenaje en aquella obra a su dilatada existencia en el sistema político democrático. Y a día de hoy, y después de treinta y dos años de vigencia del Estatuto de los Trabajadores se ha considerado necesario revisar su contenido, al estar produciéndose constantes reformas que abundan en la tendencia de desregulación legislativa y flexibilidad laboral abierta por las grandes leyes de reforma de los noventa. Desde este momento hasta la fecha se han ido produciendo modificaciones a los preceptos del Estatuto de los Trabajadores. Sin ánimo de exhaustividad, se pueden citar aproximadamente una veintena de normas que han ido modificando el Estatuto de los Trabajadores del año 1995: Ley 63/1997, de 26 de diciembre de Medidas urgentes para la mejora del mercado de trabajo y fomento de la contratación indefinida; Ley 39/1999, de 5 de noviembre, de 5 de noviembre, para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras; Ley 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social; Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social; Ley 12/2001, de 9 de julio, de medidas urgentes de reforma del mercado de trabajo para el incremento del empleo y la mejora de su calidad; Ley 33/2002, de 25 de julio Ley 35/2002, de 12 de julio, de medidas para el establecimiento de un sistema de jubilación gradual y flexible; Ley 45/2002, de 12 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma del sistema de protección por desempleo y mejora de la ocupabilidad; Ley 22/2003, de 9 de julio, concursal, Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social; Ley 1/2004 de 28 de diciembre de. Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género; Ley 43/2006, de 29 de diciembre para la mejora del crecimiento y del empleo; Ley 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de hombres y mujeres; Ley 38/2007, de 16 de noviembre, por la que se modifica el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, en materia de información y consulta de los trabajadores y en materia de protección de los trabajadores asalariados en caso de insolvencia del empresario la Ley 40/2007, de 20 de diciembre, de medidas en materia de seguridad social. Además, por su reciente modificación y por su trascendencia, podemos destacar dos reformas ?incorporadas en este Comentario? de gran envergadura: 1. La primera de ellas, centrada en la relación individual de trabajo, comenzó por el Real Decreto-Ley 10/2010, de 16 de junio, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo y posteriormente por la Ley 35/2010, de 17 de septiembre, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo. A través de esta normativa el Gobierno inicia la reforma del mercado laboral español, movido por la crisis financiera y económica de origen internacional que tienen como consecuencia la intensa destrucción de empleo y el consecuente aumento del desempleo. Junto a estas normas, el más reciente Real Decreto-ley 1/2011, de 11 de febrero, de medidas urgentes para promover la transición al empleo estable y la recualificación profesional de las personas desempleadas, así como el Real Decreto-Ley 10/2011, de 26 de agosto, de medidas urgentes para la promoción del empleo de los jóvenes, el fomento de la estabilidad en el empleo y el mantenimiento del programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo, abordan cuestiones relativas al fomento del empleo. Como se comprobará en el comentario, se han producido numerosos cambios en las instituciones jurídico-laborales, que aunque en muchas ocasiones de forma intensa, no se ha producido todavía una reforma estructural y de «modelo» de nuestro sistema de relaciones laborales. Pero, sí cabe decir, que constituye un paso hacia una mayor «liberalización» del modelo de regulación de relaciones laborales. 2. La segunda de ellas, centrada en la Negociación colectiva, se ha producido por el Real Decreto-Ley 7/2011, de 10 de junio. Tal y como se puede deducir de la Exposición de Motivos, constituye la primera gran reforma del sistema de negociación colectiva desde su regulación inicial a principios de los años ochenta. Se ha producido para hacer frente a las disfunciones que le restan eficiencia y, particularmente, capacidad de adaptación a las condiciones cambiantes de la economía y del empleo y del propio modelo de relaciones laborales. Además de estas reformas que han afectado a gran parte del articulado del Estatuto de los Trabajadores, es de destacar que este Comentario también recoge las reformas que de forma directa o indirecta han afectado al Estatuto de los trabajadores, destacando la muy reciente Ley 36/2011 de 11 de octubre reguladora de la Jurisdicción Social, o la Ley 38/2011, de 10 de octubre, de reforma de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal. Aunque a día de hoy el Estatuto de los Trabajadores haya perdido buena parte de su centralidad en el universo jurídico laboral, ésta sigue siendo una ley extraordinariamente relevante dentro del mismo. Como se sabe, es una norma compleja y requiere más que ninguna otra ley laboral de una actividad de interpretación. No es de extrañar que las normas del Estatuto, en su varias «versiones» reformadas y «reformistas», hayan suscitado distintas interpretaciones y numerosos problemas aplicativos para el jurista práctico. De ahí la necesidad de un Comentario que contribuya a clarificar el sentido jurídico-positivo de la ordenación normativa, siguiendo muy de cerca, en todo momento, la profusa doctrina judicial. Por ello en esta obra se busca un acercamiento atento no sólo a la aplicación de las normas, sino también a las funciones de los operadores jurídicos en su conjunto, siendo así objeto de conocimiento jurídico tanto los enunciados preceptivos y sus interpretaciones como la función práctica de la doctrina jurídica en su quehacer específico. Estas transformaciones ponen de relieve la flexibilidad y relatividad de los conceptos jurídicos históricamente determinados, síntesis abstractas de las exigencias jurídicas de una época histórica, es decir, de un Derecho históricamente dado. Es preciso decir, que este libro ha exigido un gran esfuerzo de planificación y la entrega y entusiasmo de todo el equipo investigador, formado por Profesores de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de distintas Universidades españolas. Deriva ello de un espíritu de colaboración entre los autores, que ya existía antes de la realización de esta obra colectiva. Se ha trabajado sobre la base de la previa indicación de los objetivos a perseguir y de un «modelo-tipo» de comentario de cada artículo, con la inclusión específica y diferenciada de concordancias normativas, internas y externas al Estatuto de los Trabajadores, y una bibliografía final seleccionada por los propios autores. Ha sido, evidentemente, un programa de trabajo flexible y orientativo, pero que ha tenido la virtualidad de dotar de una mayor homogeneidad a la labor realizada por cada uno de los autores, sin merma de la creatividad y libertad de concepción en los participantes, lo que, desde luego, se refleja en los comentarios de cada autor, como el lector fácilmente podrá comprobar. Destacar, en fin, nuestro agradecimiento a todos los que se han sumado con entusiasmo y esfuerzo innegable al proyecto, integrando el grupo de especialistas de reconocido prestigio en el mundo del Derecho que ha acometido la realización de esta obra colectiva. ABREVIATURAS PRESENTACIÓN TÍTULO I DE LA RELACIÓN INDIVIDUAL DE TRABAJO Capítulo I DISPOSICIONES GENERALES Sección I Ámbito y fuentes Artículo 1. Ámbito de aplicación Artículo 2. Relaciones laborales de carácter especial Artículo 3. Fuentes de la relación laboral Sección II Derechos y deberes laborales básicos Artículo 4. Derechos laborales Artículo 5. Deberes laborales Sección III Elementos y eficacia del contrato de trabajo Artículo 6. Trabajo de los menores Artículo 7. Capacidad para contratar Artículo 8. Forma del contrato Artículo 9. Validez del contrato Sección IV Modalidades del contrato de trabajo Artículo 10. Trabajo en común y contrato de grupo Artículo 11. Contratos formativos Artículo 12. Contrato a tiempo parcial y contrato de relevo Artículo 13. Contrato de trabajo a domicilio Capítulo II CONTENIDO DEL CONTRATO DE TRABAJO Sección I Duración del contrato Artículo 14. Período de prueba Artículo 15. Duración del contrato Artículo 16. Ingreso al trabajo Sección II Derechos y deberes derivados del contrato Artículo 17. No discriminación en las relaciones laborales Artículo 18. Inviolabilidad de la persona del trabajador Artículo 19. Seguridad e higiene Artículo 20. Dirección y control de la actividad laboral Artículo 21. Pacto de no concurrencia y de permanencia en la empresa Sección III Clasificación profesional y promoción en el trabajo Artículo 22. Sistema de clasificación profesional Artículo 23. Promoción y formación profesional en el trabajo Artículo 24. Ascensos Artículo 25. Promoción económica Sección IV Salarios y garantías salariales Artículo 26. Del salario Artículo 27. Salario mínimo interprofesional Artículo 28. Igualdad de remuneración por razón de sexo Artículo 29. Liquidación y pago Artículo 30. Imposibilidad de la prestación Artículo 31. Gratificaciones extraordinarias Artículo 32. Garantías del salario Artículo 33. El Fondo de Garantía Salarial Sección V Tiempo de trabajo Artículo 34. Jornada Artículo 35. Horas extraordinarias Artículo 36. Trabajo nocturno, trabajo a turnos y ritmo de trabajo Artículo 37. Descanso semanal, fiestas y permisos Artículo 38. Vacaciones anuales Capítulo III MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO Sección I Movilidad funcional y geográfica Artículo 39. Movilidad funcional Artículo 40. Movilidad geográfica Artículo 41. Modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo Sección II Garantías por cambio de empresario Artículo 42. Subcontratación de obras y servicios Artículo 43. Cesión de trabajadores Artículo 44. La sucesión de empresa Sección III Suspensión del contrato Artículo 45. Causas y efectos de la suspensión Artículo 46. Excedencias Artículo 47. Suspensión del contrato por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o derivadas de fuerza mayor Artículo 48. Suspensión con reserva de puesto de trabajo Artículo 48 bis. Suspensión del contrato de trabajo por paternidad Sección IV Extinción del contrato Artículo 49. Extinción del contrato Artículo 50. Extinción por voluntad del trabajador Artículo 51. Despido colectivo Artículo 52. Extinción del contrato por causas objetivas Artículo 53. Forma y efectos de la extinción por causas objetivas Artículo 54. Despido disciplinario Artículo 55. Forma y efectos del despido disciplinario Artículo 56. Despido improcedente Artículo 57. Pago por el Estado Sección V Procedimiento concursal Artículo 57 bis. Procedimiento concursal Capítulo IV FALTAS Y SANCIONES DE LOS TRABAJADORES Artículo 58. Faltas y sanciones de los trabajadores Capítulo V PLAZOS DE PRESCRIPCIÓN Sección I Prescripción de acciones derivadas del contrato Artículo 59. Prescripción y caducidad Sección II Prescripción de las infracciones y faltas Artículo 60. Prescripción TÍTULO II DE LOS DERECHOS DE REPRESENTACIÓN COLECTIVA Y DE REUNIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LA EMPRESA Capítulo I DEL DERECHO DE REPRESENTACIÓN COLECTIVA Artículo 61. Participación Sección I Órganos de representación Artículo 62. Delegados de personal Artículo 63. Comités de empresa Artículo 64. Derechos de información y consulta y competencias Artículo 65. Capacidad y sigilo profesional Artículo 66. Composición Artículo 67. Promoción de elecciones y mandato electoral Artículo 68. Garantías Sección II Procedimiento electoral Artículo 69. Elección Artículo 70. Votación para delegados Artículo 71. Elección para el comité de empresa Artículo 72. Representantes de quienes presten servicios en trabajos fijos discontinuos y de trabajadores no fijos Artículo 73. Mesa electoral Artículo 74. Funciones de la mesa Artículo 75. Votación para delegados y comités de empresa Artículo 76. Reclamaciones en materia electoral Capítulo II DEL DERECHO DE REUNIÓN Artículo 77. Las asambleas de trabajadores Artículo 78. Lugar de reunión Artículo 79. Convocatoria Artículo 80. Votaciones Artículo 81. Locales y tablón de anuncios TÍTULO III DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA Y DE LOS CONVENIOS COLECTIVOS Capítulo I DISPOSICIONES GENERALES Sección I Naturaleza y efectos de los convenios Artículo 82. Concepto y eficacia Artículo 83. Unidades de negociación Artículo 84. Concurrencia Artículo 85. Contenido Artículo 86. Vigencia Sección II Legitimación Artículo 87. Legitimación Artículo 88. Comisión negociadora Capítulo II PROCEDIMIENTO Sección I Tramitación, aplicación e interpretación Artículo 89. Tramitación Artículo 90. Validez Artículo 91. Aplicación e interpretación Sección II Adhesión y extensión Artículo 92. Adhesión y extensión TÍTULO IV INFRACCIONES LABORALES Capítulo I DISPOSICIONES GENERALES Artículos 93, 94, 95, 96 (Derogados) Capítulo II DERECHO SUPLETORIO Artículo 97 (Derogado) «Infracciones y sanciones laborales: los principios y caracteres del Derecho Administrativo Sancionador del Trabajo DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA. Fomento de la contratación indefinida de los contratos en prácticas y de aprendizaje (Derogada) DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA. Contratos formativos celebrados con trabajadores minusválidos DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA. Programas de fomento del empleo DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA. Conceptos retributivos DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA. Personal de alta dirección DISPOSICIÓN ADICIONAL SEXTA. Representación institucional de los empresarios DISPOSICIÓN ADICIONAL SÉPTIMA. Regulación de condiciones por rama de actividad DISPOSICIÓN ADICIONAL OCTAVA. Código de Trabajo DISPOSICIÓN ADICIONAL NOVENA. Anticipos reintegrables DISPOSICIÓN ADICIONAL DÉCIMA. Cláusulas de los convenios colectivos referidas al cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación DISPOSICIÓN ADICIONAL UNDÉCIMA. Acreditación de la capacidad representativa DISPOSICIÓN ADICIONAL DUODÉCIMA. Preavisos DISPOSICIÓN ADICIONAL DECIMOTERCERA. Solución no judicial de conflictos DISPOSICIÓN ADICIONAL DECIMOCUARTA. Sustitución de trabajadores excedentes por cuidado de familiares DISPOSICIÓN ADICIONAL DECIMOQUINTA. Aplicación de los límites de duración del contrato por obra o servicio determinados y al encadenamiento de contratos en las Administraciones públicas Disposición Adicional Decimosexta DISPOSICIÓN ADICIONAL DECIMOSÉPTIMA. Discrepancias en materia de conciliación DISPOSICIÓN ADICIONAL DECIMOCTAVA. Cálculo de indemnizaciones en determinados supuestos de jornada reducida DISPOSICIÓN ADICIONAL DECIMONOVENA. Contratos para la formación y el aprendizaje DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA. Contratos de aprendizaje DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA. Contratos celebrados antes del 8 de diciembre de 1993 DISPOSICIÓN TRANSITORIA TERCERA DISPOSICIÓN TRANSITORIA CUARTA. Vigencia de disposiciones reglamentarias DISPOSICIÓN TRANSITORIA QUINTA. Vigencia de normas sobre jornada y descansos DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEXTA. Ordenanzas de trabajo DISPOSICIÓN TRANSITORIA SÉPTIMA. Extinciones anteriores a 12 de junio de 1994 DISPOSICIÓN TRANSITORIA OCTAVA. Elecciones a representantes de los trabajadores DISPOSICIÓN TRANSITORIA NOVENA. Participación institucional DISPOSICIÓN TRANSITORIA DÉCIMA. Incapacidad laboral transitoria e invalidez provisional DISPOSICIÓN TRANSITORIA UNDÉCIMA. Excedencias por cuidado de hijos anteriores al día 13 de abril de 1995 DISPOSICIÓN TRANSITORIA DUODÉCIMA. Régimen transitorio del contrato a tiempo parcial por jubilación parcial y del contrato de relevo DISPOSICIÓN TRANSITORIA DECIMOTERCERA. Indemnización por finalización de contrato temporal DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA. Trabajo por cuenta propia DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA. Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos DISPOSICIÓN FINAL TERCERA. Normas de aplicación del Título II DISPOSICIÓN FINAL CUARTA. Tipo de cotización del Fondo de Garantía Salarial DISPOSICIÓN FINAL QUINTA. Disposiciones de desarrollo

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