Acoso a la familia: del individualismo a la ideología de género

Acoso a la familia: del individualismo a la ideología de género
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Este volumen colectivo contiene una aproximación, desde el prisma jurídico ?de los ocho autores, siete son juristas?, a aspectos nucleares de la evolución experimentada por el Derecho de familia en los últimos tiempos. Evolución ?más bien, revolución? que ha deparado un progresivo acoso a los caracteres tradicionales de la institución familiar. Y es que la familia ha sido víctima, quizá como ninguna otra institución, de una deriva individualista que ha llevado a arrinconar su función o relevancia social. Tal planteamiento prescinde de la razón por la cual el poder público ha puesto sus manos, desde tiempo inmemorial, sobre esa sociedad natural que es la familia: se olvida que lo ha hecho porque identifica razones sociales para ello, desde luego distintas a una mera promoción de una libertad individual desligada de la búsqueda de las mejores opciones personales y sociales. Con estas premisas, se parte en este trabajo de que la Constitución (no solo la nuestra: se da cuenta también del Derecho constitucional italiano) incorpora un núcleo ontológico del que el legislador no debiera disponer. Sin embargo, desatendiendo la garantía institucional que la Constitución otorga al matrimonio, nuestro Derecho ha llevado a cabo, recientemente, un radical desquiciamiento de tal institución multisecular, al prescindir de la nota de la heterosexualidad. Aquella deriva individualista ha abocado, también, a que haya dejado de hablarse del divorcio como de una lacra social para considerarse, sin más, como una conquista de la autonomía personal. El título del libro es revelador de que un capítulo especial, de enorme relevancia, del individualismo imperante lo constituye la ideología de género, que impregna cada vez más el enfoque actual de la sexualidad y, por tanto, de la familia. Es por lo que se analizan aquí los inicuos efectos de esta ideología sobre la institución familiar, y se llama la atención sobre las tentativas de su imposición desde instancias públicas ?a raíz de recientes leyes autonómicas?. INTRODUCCIÓN I LA FAMILIA EN LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA JOSÉ LUIS MARTÍNEZ LÓPEZ-MUÑIZ I. INTRODUCCIÓN II. ELEMENTOS DEL MODELO DE FAMILIA CONSTITUCIONALMENTE GARANTIZADO 1. La generación, como hecho determinante básico del modelo constitucional de familia 2. El matrimonio como vínculo fundante esencial de la familia constitucionalmente protegida y de la prolongación o ampliación de los vínculos familiares III. FUNDAMENTO Y ALCANCE DE LA PROTECCIÓN CONSTITUCIONAL DE LA FAMILIA IV. EL DEBER CONSTITUCIONAL ADICIONAL DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE HIJOS Y MADRES EXTRAMATRIMONIALES II LA TUTELA CONSTITUCIONAL DE LA FAMILIA ENTRE DIMENSIÓN ONTOLÓGICA Y RETOS DEL PLURALISMO ANTONELLA SCIORTINO I. CONSIDERACIONES PRELIMINARES II. FAMILIA Y MATRIMONIO EN LA CONSTITUCIÓN: EL ARTÍCULO 29 III. PRINCIPIO DE IGUALDAD: PRESUPUESTOS DE APLICACIÓN EN LA MATERIA EN CUESTIÓN IV. EL MATRIMONIO SAME-SEX: UNA MIRADA A LA DIMENSIÓN SUPRANACIONAL E INTERNACIONAL V. UNA MENCIÓN A LAS UNIONES PARA-FAMILIARES VI. LA APUESTA III UNA CRÍTICA A LA STC 198/2012 SOBRE EL MATRIMONIO EN LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA JOSÉ LUIS MARTÍNEZ LÓPEZ-MUÑIZ I. INTRODUCCIÓN 1. Cambio radical de la naturaleza multisecular del matrimonio con la Ley 13/2005 2. Garantía constitucional del matrimonio 3. Unánime rechazo del cambio en informes y dictámenes de altos órganos del Estado y de la más cualificada Academia jurídica 4. Composición del Tribunal Constitucional que dictó la Sentencia 198/2012 5. Claves de la Sentencia que se exponen y analizan en este comentario crítico II. LA SENTENCIA SE FUNDAMENTA EN LA ASUNCIÓN DE UNA HERMENÉUTICA CONSTITUCIONAL EVOLUTIVA SIN LÍMITES QUE CONDUCIRÍA A LA IRRELEVANCIA DE LA CONSTITUCIÓN 1. El debate sobre la interpretación de la Constitución: originalismo versus «living Constitution» 2. Toma de posición del Tribunal Constitucional en la Sentencia 198/2012 3. Límites infranqueables de toda interpretación evolutiva III. CONTRA LO APRECIADO POR EL TRIBUNAL, LA IDENTIFICACIÓN ESENCIAL DEL MATRIMONIO GARANTIZADO INSTITUCIONALMENTE POR LA CONSTITUCIÓN, NO PUEDE DEPENDER DE CAMBIOS EN LA PERCEPCIÓN SOCIAL CONTRARIOS A LO YA RECONOCIDO COMO PROTEGIDO POR LA CONSTITUCIÓN, INCLUSO POR EL PROPIO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL 1. La compatibilidad de la Ley 13/2005 con la Constitución resulta, para la Sentencia 198/2012, del cambio de comprensión del matrimonio que se ha producido en la sociedad 2. Lo que quisieron garantizar los constituyentes como matrimonio 3. Lo que el propio Tribunal Constitucional había entendido como calificador del matrimonio constitucionalmente garantizado 4. Lo tan netamente reconocido como garantizado por la Constitución solo puede modificarse mediante revisión constitucional IV. ADEMÁS, LA SENTENCIA NO LOGRA ACREDITAR MÁS CAMBIO SOCIAL RELEVANTE QUE EL QUE PUEDA PRESUMIRSE QUE PERMITIÓ LA APROBACIÓN DE LA LEY 13/2005 1. La Sentencia mezcla la identificación de la «realidad social jurídicamente relevante» con una diversidad de medios o referencias de muy heterogéneo valor hermenéutico 2. Referencia genérica y no acreditada a la doctrina 3. Silencio de la Sentencia sobre el parecer de los órganos consultivos 4. Uso parcial y sesgado del Derecho comparado, a pesar de su menor relevancia 5. Los sondeos y estadísticas oficiales argüidos por la Sentencia no pueden sustituir a los procedimientos previstos en la Constitución para modificarla V. LA APLICACIÓN DEL ART. 10.2 DE LA CONSTITUCIÓN NO RESPALDA LA INTERPRETACIÓN DE LA SENTENCIA 1. Alcance del art. 10.2 de la Constitución: la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión no forma parte de los tratados a los que se refiere 2. La Sentencia Schalk y Kopf, de 2010, del Tribunal Europeo de Derechos Humanos 3. Uso incorrecto de la Sentencia Schalk y Kopf en la Sentencia 198/2012 4. Sorprendente, defectuosa y rechazable fundamentación de la Sentencia Schalk y Kopf en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en su afirmación de que los ordenamientos nacionales puedan abrir el matrimonio a uniones de un solo sexo 5. El Tribunal Europeo no ha dejado de sostener que el matrimonio del art. 12 del CEDH es solamente el heterosexual y eso debía haber sido lo relevante para el Tribunal Constitucional español al interpretar el art. 32 de la Constitución VI. CONSIDERAR LA HETEROSEXUALIDAD EN EL MATRIMONIO UNA MERA OPCIÓN VÁLIDA DEL LEGISLADOR FRUSTRA SU GARANTÍA INSTITUCIONAL EN LA CONSTITUCIÓN Y PRIVA DE PROTECCIÓN AL DERECHO CONSTITUCIONAL A CONTRAERLO 1. El matrimonio como objeto de garantía institucional en la Constitución de 1978 2. La tesis de la validez constitucional tanto de una regulación legislativa del matrimonio necesariamente heterosexual como de la que lo admita también para uniones del mismo sexo resulta inaceptable por contradictoria 3. No es cierto que la supresión del requisito de la heterosexualidad no distorsione el régimen de la institución matrimonial 4. El derecho constitucional al matrimonio del art. 32 de la Constitución queda desprotegido y lesionado en su contenido esencial VII. EPÍLOGO IV FAMILIA Y TIPOS DE FAMILIA JOSÉ MARÍA DE LA CUESTA SÁENZ I. FAMILIA II. FAMILIA Y DERECHO III. LA DOCENCIA EN DERECHO DE FAMILIA IV. PARA NO CONCLUIR V EL DIVORCIO REVISITADO. DATOS Y REFLEXIONES SOBRE ESTABILIDAD MATRIMONIAL Y DIVORCIO CARLOS MARTÍNEZ DE AGUIRRE I. EL DIVORCIO EN EL VIGENTE DERECHO ESPAÑOL 1. El divorcio: conceptos generales A) La introducción del divorcio: factores teóricos B) Tipología del divorcio C) Evolución en el Derecho español 2. La vigente regulación del divorcio en el Ordenamiento jurídico español A) Los motivos de la introducción del divorcio-repudio B) Breve resumen del actual régimen del divorcio II. ESTABILIDAD FAMILIAR, AUTONOMÍA PERSONAL Y VULNERABILIDAD SOCIAL: REFLEXIONES CRÍTICAS Y DE POLÍTICA LEGISLATIVA SOBRE LA TENDENCIA EXPANSIVA DEL DIVORCIO 1. La introducción del divorcio unilateral sin causa en el Derecho español: apuntes críticos 2. Matrimonio, duración, estabilidad: breve introducción teórica 3. Los datos 4. El punto de vista teórico A) Perspectivas sobre estabilidad e indisolubilidad B) Perspectivas sobre la inestabilidad y el divorcio 5. Algunas consideraciones de política legislativa VI LA IDEOLOGÍA DE GÉNERO Y SU REPERCUSIÓN EN EL SER HUMANO Y LA FAMILIA MARÍA CALVO CHARRO I. INTRODUCCIÓN. GÉNERO Y CRISIS DE CIVILIZACIÓN II. EL GÉNERO COMO CONSTRUCCIÓN SOCIAL 1. Todo es cultura, educación y crianza 2. Una ideología desestructurante de la identidad personal 3. Género y familia III. DIRECCIÓN IDEOLÓGICA Y REVOLUCIÓN SEXUAL IV. EL PAPEL DE NACIONES UNIDAS. LOS DERECHOS EMERGENTES DEL SIGLO XXI Y LA REGRESIÓN DEL CONCEPTO DE SER HUMANO V. CUANDO LA CONFUSIÓN SE INSCRIBE EN LA LEY VI. CIENCIA FRENTE A IDEOLOGÍA VII. LA IDEOLOGÍA DE GÉNERO EN LA ESCUELA. EDUCACIÓN SEXUAL DE LA INFANCIA VIII. LA VERDADERA REVOLUCIÓN SEXUAL. EL RECONOCIMIENTO DE LA ALTERIDAD SEXUAL VII IDEOLOGÍA DE GÉNERO Y LIBERTAD IDEOLÓGICA: ESTUDIO CRÍTICO DE LAS RECIENTES LAS LEYES AUTONÓMICAS SOBRE ORIENTACIÓN E IDENTIDAD SEXUAL TOMÁS PRIETO ÁLVAREZ Y ANTONIO JOSÉ SÁNCHEZ SÁEZ I. INTRODUCCIÓN: LA HIPERTROFIA DE LA AUTONOMÍA PERSONAL EN MATERIA SEXUAL II. LA LIBERTAD IDEOLÓGICA DE LOS CIUDADANOS Y LA NEUTRALIDAD ESTATAL III. LA ASUNCIÓN DE LA IDEOLOGÍA DE GÉNERO EN LA LEGISLACIÓN AUTONÓMICA ESPAÑOLA 1. La segunda revolución sexual y el «legalizado» nuevo concepto de «género» 2. La promoción jurídica de la ideología de género 3. Las leyes autonómicas sobre orientación e identidad sexual: comentarios generales sobre el conjunto legislativo A) La pretensión de cualificación de los derechos de las personas B) La no discriminación del colectivo y la discriminación positiva C) Unas leyes teñidas de ideología, impuesta con la excusa de evitar discriminaciones D) Infracciones y objeción de conciencia E) Inversión de la carga de la prueba IV. LAS LEYES GALLEGA, CATALANA Y EXTREMEÑA SOBRE LGBTI: ESPECÍFICAMENTE, SU PRETENSIÓN IDEOLOGIZANTE 1. Una educación sexual impregnada de ideología 2. Una «normalización del hecho LGBTI» como imposición de una necesaria valoración uniforme (y positiva) de todas las opciones sexuales y de todas las relaciones sexuales 3. La necesaria «visibilidad», en ámbitos públicos y privados, del hecho LGBTI V. LAS LEYES NAVARRA, VASCA, ANDALUZA, CANARIA Y MADRILEÑA DE DERECHOS DE LAS PERSONAS TRANSEXUALES 1. La transexualidad y el derecho a la autodeterminación del género 2. Transexualidad y menores 3. Atención sanitaria VI. CONCLUSIÓN VIII APROXIMACIÓN PERICIAL A LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN LA PAREJA: ¿SOLO CUESTIÓN DE GÉNERO? JOSÉ AMADOR MARTÍNEZ TEJEDOR I. INTRODUCCIÓN II. LOS CONCEPTOS III. LA GRAVEDAD DE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN LA PAREJA (VCP) IV. LAS CAUSAS DE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN LA PAREJA (VCP) 1. Perspectiva cultural 2. Perspectiva estructural 3. Perspectiva psicopatológica 4. Perspectiva de la interacción 5. Perspectiva jurídica 6. Perspectiva integral (pericial-forense) V. LOS TIPOS DE VCP VI. LA EVALUACIÓN INTEGRAL DE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN LA PAREJA VII. OBJETIVOS DE LA PERICIA INTEGRAL FORENSE EN RELACIÓN CON LA VÍCTIMA 1. Perspectiva médico-forense A) La lesión física B) La lesión psíquica C) La violencia sexual en la pareja D) Otros aspectos 2. Perspectiva psicológica-forense 3. Perspectiva social-forense VIII. OBJETIVOS DE LA PERICIA INTEGRAL FORENSE EN RELACIÓN CON EL AGRESOR 1. Perspectiva médico-forense A) Valoración de lesiones B) Características psicológicas y alteraciones psicopatológicas en el agresor C) Influencia del estado psíquico sobre los fundamentos psicobiológicos de la imputabilidad 2. Perspectiva psicológico-forense 3. Perspectiva social-forense IX. LA EVALUACIÓN DEL RIESGO DE VIOLENCIA CONTRA LA PAREJA 1. Antecedentes de la evaluación del riego: los estudios de la peligrosidad 2. Concepto de riesgo e instrumentos de predicción 3. Valoración del riesgo vs. valoración de la peligrosidad 4. Predicción del riesgo de VCP 5. Ventajas de la evaluación del riesgo 6. Instrumentos de evaluación del riesgo de VCP 7. La Evaluación del riesgo de violencia en las Unidades de Valoración Forense Integral X. EVALUACIÓN DEL CLIMA VIOLENTO XI. EVALUAR LOS INDICIOS DEL FACTOR «MACHISMO» O «DESIGUALDAD DE GÉNERO» XII. Conclusiones

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