¿Aún no tienes una cuenta? Crea una ahora y accede a tus listas favoritas, tu histórico de cuentas y muchas más cosas...
Pedidos y atención al cliente
TLF: 963 392 051 / FAX: 963 615 480
En papel: Entrega en 5-7 días |
|
|
Consultar disponibilidad en tiendas
Consultar disponibilidad en tiendasLos plazos estimados son para pedidos realizados antes de las 14:00h del viernes (salvo error o situaciones especiales: festivos, inventarios,etc).
|
La investigación de los delitos de terrorismo permite la suspensión de determinadas garantías inherentes a los derechos fundamentales a la inviolabilidad domiciliaria y al secreto de las comunicaciones, así como aquellas garantías que informan los plazos de detención. Asimismo, al margen de la suspensión prevista constitucionalmente (art. 55.2 CE) se establecen toda una serie de medidas que afectan los derechos fundamentales del sujeto investigado. En aras de salvaguardar el equilibrio entre el éxito de las tareas investigadoras y la correcta consecución de los derechos y garantías del sujeto pasivo del proceso penal, se propone analizar lo anterior desde el marco lógico del derecho de defensa. Índice Abreviaturas Introducción Capítulo I. El derecho de defensa Capítulo II. La suspensión prevista respecto del plazo que informa la puesta a disposición judicial del detenido Capítulo III. La suspensión prevista respecto del derecho a la inviolabilidad domiciliaria Capítulo IV. La suspensión prevista respecto del derecho al secreto de las comunicaciones